🌐 Este artículo ha sido traducido del coreano para su comodidad. En caso de discrepancia, prevalecerá la versión en coreano.
Los derechos y responsabilidades de todas las obras, incluidas las obras en formato de video, que se publiquen en POSTYPE pertenecen al correspondiente usuario, y ese mismo usuario será responsable de cualquier consecuencia derivada de no seguir adecuadamente las medidas indicadas.
La política de video sigue las Regulaciones sobre la revisión de emisiones y los criterios de clasificación del Comité de Clasificación de Medios Audiovisuales, y constituye una subpolítica de la Política de contenido.
Medidas en caso de incumplimiento de la política
Si se considera que existe posibilidad de incumplir la política de video, se aplicará el Paso 1 – Guía sobre la política. En caso de incumplimiento, según la gravedad, se tomarán las siguientes medidas: Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador), Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar), Paso 4 – Suspensión del canal y Paso 5 – Bloqueo de la cuenta. A medida que se reciban más reportes o se repitan las infracciones de la política, se aplicarán medidas de nivel superior de forma progresiva.
- Paso 1 – Guía sobre la política: Si existe posibilidad de incumplir la Política de contenido o se recibe un reporte válido al respecto, se informan los principales casos de infracción y se recomienda al usuario que modifique por sí mismo el contenido infractor del post, mediante una notificación del servicio y un correo electrónico.
- Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador): Si un post incumple la Política de contenido, se procede a cancelar su publicación y se informa de ello mediante una notificación del servicio y un correo electrónico. El usuario puede corregir por sí mismo el contenido infractor y volver a publicarlo.
- Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar): Se cancela la publicación de un post que incumple gravemente la Política de contenido, o que se mantiene o vuelve a publicar sin modificaciones incluso después de aplicar el Paso 1 – Guía sobre la política y el Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador). El post en cuestión se moverá a borrador y no podrá volver a publicarse.
- Paso 4 – Suspensión del canal: Si, tras recibir una advertencia, se incumple de forma continua la Política de contenido o se cometen infracciones equivalentes, se suspenderá el uso del canal correspondiente. Un canal suspendido no puede restablecerse bajo ningún motivo.
- Paso 5 – Bloqueo de la cuenta: Si un usuario infringe de forma habitual la Política de contenido o causa un daño grave al entorno de prestación del servicio, se procederá al bloqueo de su cuenta. Todos los canales de la cuenta en cuestión quedarán suspendidos, se interrumpirá el pago de ingresos y la empresa podrá recuperar los ingresos ya generados y cobrar comisiones. Una cuenta suspendida no puede restablecerse bajo ningún motivo.
Contenido +18
Para ofrecer un entorno de servicio seguro, no está permitido publicar posts en video como contenido +18. [Comité de Clasificación de Medios Audiovisuales] > [Información sobre clasificación] > [Principios y consideraciones para la clasificación] En caso de publicar contenido de video que se ajuste a lo indicado a continuación, se aplicarán, según la gravedad, las siguientes medidas: Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador), Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar), Paso 4 – Suspensión del canal, Paso 5 – Bloqueo de la cuenta.
Temas
- Contenidos y temas provocativos que puedan tener un efecto perjudicial en menores de edad.
- Contenidos que incluyan elementos contrarios a los valores o normas sociales y que puedan tener un efecto perjudicial en menores de edad.
- Contenidos que perturben en exceso el orden social hasta un punto que resulte inaceptable para un adulto promedio.
- Contenidos difíciles de entender para menores de edad con un nivel de conocimiento y experiencia común.
- Contenidos que puedan distorsionar o dañar el sano sentir del público.
- Contenidos que vulneren de forma explícita los derechos de ciertas personas, como personas con discapacidad, y que vayan en contra de la ética social.
- Contenidos que expresen de manera excesiva contradicciones sociales y confundan el sistema de valores de los menores de edad.
Sexualidad
- Cuando los elementos de sexualidad son excesivos y su nivel de expresión es concreto, directo y explícito.
- Exposición directa del cuerpo en un contexto sexual.
- Exposición continua con énfasis en genitales u otras partes íntimas.
- Representación concreta, continua y explícita de actos sexuales.
Violencia
- Cuando los elementos de violencia son excesivos y su nivel de expresión es concreto, directo y explícito.
- Representación concreta, continua y explícita de violencia física, maltrato, homicidio, etc., mediante partes del cuerpo, herramientas, etc.
- Representación directa y estimulante de lesiones, sangre, mutilaciones, etc.
- Expresión concreta y directa de violencia sexual.
- Uso de efectos sonoros y visuales violentos que resultan realistas y continuos.
Diálogos y otras expresiones lingüísticas
- Uso repetido y constante de expresiones sexuales provocativas y repulsivas, así como de insultos vulgares, lenguaje soez o grosero que provoquen humillación o vergüenza emocional o personal.
- Presencia repetida y continua de expresiones sexuales provocativas y repulsivas.
- Uso repetido y continuo de insultos groseros relacionados con animales o morfemas de carácter sexual, independientemente del contexto general.
- Uso continuo de lenguaje sexual o violento con intención de denigrar o atacar a otros, provocando vergüenza o malestar.
- Uso excesivo de lenguaje soez que pueda tener un efecto perjudicial en los hábitos lingüísticos de los menores de edad.
Terror
- Cuando los elementos de terror son excesivos y su nivel de expresión es concreto, directo y explícito.
- Uso de recursos que generan una intensa tensión dramática y ansiedad psicológica, expresados de forma concreta y realista.
- Representación concreta de actos destructivos, como la mutilación del cuerpo, por parte de personajes ficticios (zombis, fantasmas, etc.) que no existen en la realidad.
- Descripción detallada de la presión psicológica y el sufrimiento derivados de un aislamiento completo en un espacio limitado.
- Expresión muy intensa de efectos sonoros que maximizan la tensión, y efectos sonoros y visuales de ambiente de terror que resultan realistas, estimulantes y continuos.
- Representación realista de sonidos producidos por heridas causadas con armas.
Drogas
- Cuando el uso de drogas es excesivo y su nivel de expresión es concreto, directo y explícito.
- Escenas de consumo de alcohol o tabaco que se muestran de forma continua y repetida, provocando un efecto perjudicial en los menores de edad.
- Escenas de consumo de alcohol o tabaco que aparecen de forma continua y repetida sin justificación alguna dentro del contexto general.
- Representación concreta y realista del uso indebido de fármacos, medicamentos psicotrópicos y otras sustancias nocivas, así como de la fabricación y uso de drogas ilegales.
Riesgo de imitación
- Representación concreta y realista de los métodos de uso de armas, armas blancas, etc.
- Representación concreta y realista de los métodos y medios utilizados en suicidios, violencia escolar, acoso, conductas delictivas de menores, técnicas delictivas y actos ilegales.
Regulaciones sobre la revisión de emisiones Al aplicar estas regulaciones, si una obra en formato de video incluye alguno de los siguientes elementos, se adoptarán, según la gravedad, las siguientes medidas: Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador), Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar), Paso 4 – Suspensión del canal, Paso 5 – Bloqueo de la cuenta.
- Escenas de contenido sexual crudo y directo, que incluyan sonidos obscenos excesivos con gemidos o gritos, y movimientos sexuales exagerados.
- Escenas sexuales de carácter excesivo y perverso, como parafilias, sexo en grupo, incesto, necrofilia o actos sexuales frente a un cadáver.
- Exposición de genitales masculinos o femeninos, incluidos los de bebés o niños, vello púbico, o escenas de caricias de los genitales.
- Representación de violación, agresión sexual múltiple o violencia sexual acompañada de actos o lenguaje violento.
- Representación de niños o menores como objeto de violencia sexual o de juego sexual.
- Representaciones crueles de decapitación, ahorcamiento o amputación de miembros.
- Escenas de asesinatos crueles o de daño físico directo mediante armas de fuego, armas blancas u otras herramientas letales.
- Escenas de cadáveres o cuerpos mutilados.
- Escenas crueles y miserables de matanza de animales.
- Descripción excesivamente detallada de las víctimas mortales y daños personales derivados de delitos, accidentes u otros incidentes.
- Representación de escenas reales de violencia o asesinato, o descripciones que puedan confundirse con escenas reales de delito.
- Representaciones de uso de armas blancas que puedan ser fácilmente imitadas.
- Representaciones del uso de drogas que puedan ser fácilmente imitadas y descripciones detalladas del consumo de estupefacientes y los estados de alucinación que provocan.
- Glorificación del suicidio.
Publicidad
Ley de Publicidad y Rotulación Justa: el contenido de carácter publicitario debe incluir una frase que indique claramente la existencia de un interés económico, de manera que los consumidores puedan reconocerlo fácilmente.
De no hacerlo, se aplicarán, según la gravedad, las siguientes medidas: Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador), Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar), Paso 4 – Suspensión del canal, Paso 5 – Bloqueo de la cuenta. Si se publican posts publicitarios de forma continua y repetida hasta el punto de perjudicar el entorno de uso y la comodidad del servicio, se podrá aplicar directamente el Paso 5 – Bloqueo de la cuenta.
Infracción de derechos de autor y otros derechos
Todos los elementos que componen las obras en formato de video, incluidos el sonido y las imágenes de los videos subidos mediante el editor de video de POSTYPE, deben haber sido creados directamente por el propio autor o contar con derechos de autor legítimamente adquiridos.
Si se sube una obra en video que incluya elementos no creados por el propio autor, debe constar de forma explícita el consentimiento de uso por parte de todos los titulares de derechos relacionados con dichos elementos. En caso de incumplimiento, según la gravedad, se aplicarán las siguientes medidas: Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador), Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar), Paso 4 – Suspensión del canal, Paso 5 – Bloqueo de la cuenta.
Si una obra en video incluye elementos que permitan inferir que sus derechos de autor pertenecen a terceros, se podrán aplicar inmediatamente las siguientes medidas, independientemente de que exista o no una infracción de derechos de autor: Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador), Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar), Paso 4 – Suspensión del canal, Paso 5 – Bloqueo de la cuenta. Para levantar dichas medidas, es posible que se solicite la presentación de documentos justificativos, como el consentimiento de uso por parte de los titulares de derechos correspondientes.
Si en los elementos de una obra en video se incluyen obras cuyos autores y formas legítimas de distribución son ampliamente conocidos, se podrán aplicar inmediatamente las siguientes medidas, independientemente de que exista o no una infracción de derechos de autor: Paso 2 – Cancelación de publicación del post (se mueve a borrador), Paso 3 – Cancelación permanente de publicación del post (no se puede volver a publicar), Paso 4 – Suspensión del canal, Paso 5 – Bloqueo de la cuenta. Para levantar dichas medidas, es posible que se solicite la presentación de documentos justificativos, como el consentimiento de uso por parte de los titulares de derechos correspondientes.