🌐 Este artículo ha sido traducido del coreano para su comodidad. En caso de discrepancia, prevalecerá la versión en coreano.
Los derechos y responsabilidades de todas las obras que se publican en POSTYPE, incluidas las obras en formato de video (contenido audiovisual), pertenecen al propio usuario, y la responsabilidad por las consecuencias derivadas de no cumplir debidamente las medidas también recae en dicho usuario.
La política de video (contenido audiovisual) sigue el Reglamento sobre la revisión de emisiones y los criterios de clasificación del Comité de Clasificación de Contenidos Audiovisuales, y es una subpolítica de la Política de contenido.
Medidas en caso de incumplimiento de la política
Si existe la posibilidad de incumplir la política de video (contenido audiovisual), aplicaremos las siguientes medidas: Fase 1 – Guía sobre la política; si se confirma el incumplimiento, según su gravedad se aplicará la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores), Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar), Fase 4 – Suspensión del canal y Fase 5 – Bloqueo de la cuenta. A medida que se reciban más reportes o se repitan los incumplimientos de la política, se irán aplicando gradualmente medidas de fases superiores.
- Fase 1 – Guía sobre la política: Cuando exista la posibilidad de incumplimiento de la Política de contenido, o se reciba un reporte válido al respecto, se informan los principales casos de incumplimiento y se recomienda mediante notificaciones del servicio y correo electrónico que el usuario modifique directamente en su publicación los aspectos que infringen la política.
- Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores): Cuando una publicación infringe la Política de contenido, se procede a cancelar su publicación y se informa de ello mediante notificaciones del servicio y correo electrónico. El usuario puede corregir directamente los contenidos que infringen la política y volver a publicar la publicación.
- Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar): Si después de la Fase 1 – Guía sobre la política y la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores) la publicación se mantiene sin modificar o se vuelve a publicar, o si se publica una publicación que infringe gravemente la Política de contenido, se cancela su publicación. Dicha publicación se mueve a borradores y no se podrá volver a publicar.
- Fase 4 – Suspensión del canal: Si, tras haber recibido avisos, se infringe de forma continuada la Política de contenido o se incurre en conductas equivalentes, se suspenderá el uso del canal correspondiente. Un canal suspendido no podrá restablecerse bajo ningún concepto.
- Fase 5 – Bloqueo de la cuenta: Los usuarios que infrinjan de forma habitual la Política de contenido o causen un perjuicio grave al entorno de prestación del servicio verán su cuenta bloqueada. Todos los canales de la cuenta en cuestión serán suspendidos, se interrumpirá el pago de las ganancias, y la empresa podrá recuperar las ganancias generadas hasta la fecha y cobrar comisiones. Una cuenta suspendida no podrá restablecerse bajo ningún concepto.
Contenido para adultos
Para ofrecer un entorno de servicio seguro, no se permite la publicación de contenido para adultos en publicaciones de video (contenido audiovisual). [Comité de Clasificación de Contenidos Audiovisuales] > [Información sobre clasificación] > [Principios y consideraciones para la clasificación]. Si se publica contenido de video (contenido audiovisual) que encaje en alguna de las categorías siguientes, se aplicarán, según su gravedad, las medidas de la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores), Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar), Fase 4 – Suspensión del canal y Fase 5 – Bloqueo de la cuenta.
Temática
- Contenido que trate temas y contenidos provocativos que puedan afectar negativamente a menores de edad
- Contenido que incluya elementos contrarios a los valores o normas sociales y que afecten negativamente a menores de edad
- Contenido que altere de forma excesiva el orden social hasta un nivel que resulte difícil de aceptar incluso para un adulto promedio
- Contenido difícil de comprender con el conocimiento y la experiencia habituales de un menor de edad
- Contenido que pueda distorsionar o dañar el sano sentir colectivo de la ciudadanía
- Contenido que vulnere de manera explícita los derechos de personas concretas, como personas con discapacidad, y vaya en contra de la ética social
- Contenido que exprese de forma excesiva contradicciones sociales y genere confusión en la escala de valores de los menores de edad
Carácter sexual (sensacionalismo sexual)
- Contenido con elementos de carácter sexual excesivos, cuya expresión es concreta, directa y explícita
- Exposición directa del cuerpo en un contexto sexual
- Exposición continua de los genitales u otras zonas íntimas resaltadas
- Expresión concreta, prolongada y explícita de actos sexuales
Violencia
- Contenido con elementos de violencia excesivos, cuya expresión es concreta, directa y explícita
- Expresión concreta, prolongada y explícita de violencia física, maltrato, homicidio, etc., que utilice partes del cuerpo, herramientas u otros medios
- Descripción directa y estimulante de lesiones, sangre, mutilación corporal, etc.
- Expresión concreta y directa de violencia sexual
- Uso de efectos de sonido e imagen que transmiten una sensación violenta de forma realista y prolongada
Diálogos y otras expresiones lingüísticas
- Uso repetido y continuo de expresiones sexuales provocativas y repulsivas, así como de insultos vulgares, palabras soeces y expresiones de baja educación que generan humillación o vergüenza a nivel emocional o personal
- Aparición repetida y continuada de expresiones sexuales provocativas y repulsivas
- Uso repetido y continuado de insultos agresivos relacionados con animales o morfemas de carácter sexual, sin relación con el contexto general
- Uso continuado de lenguaje sexual o violento, provocativo y ofensivo que menosprecia o ataca a otras personas, o que causa vergüenza y malestar
- Uso excesivo de lenguaje soez que se considera perjudicial para los hábitos lingüísticos de los menores de edad
Terror
- Contenido con elementos de terror excesivos, cuya expresión es concreta, directa y explícita
- Uso de recursos que generan una tensión dramática y una ansiedad psicológica expresados de forma concreta y realista
- Descripción concreta de actos destructivos, como la mutilación del cuerpo, cometidos por personajes irreales (zombis, fantasmas, etc.)
- Descripción detallada de la presión y el sufrimiento psicológico provocados por la completa reclusión en un espacio limitado
- Expresión muy intensa de efectos de sonido que maximicen la tensión, y uso de efectos de sonido e imagen de atmósfera terrorífica de forma realista, estimulante y continuada
- Descripción realista de los sonidos que se producen cuando se causan lesiones con armas
Drogas
- Contenido con uso de drogas excesivo, cuya expresión es concreta, directa y explícita
- Escenas de consumo de alcohol o tabaco expresadas de forma continuada y repetida, que influyen negativamente en menores de edad
- Escenas de consumo de alcohol o tabaco que aparecen de forma continuada y repetida sin relación con el contexto general y sin justificación
- Expresión concreta y realista del uso inadecuado de fármacos, sustancias psicotrópicas u otras sustancias nocivas, así como de los métodos de fabricación y uso de drogas ilegales
Riesgo de imitación
- Expresión concreta y realista del uso de armas, objetos cortopunzantes u otros instrumentos
- Expresión concreta y realista de los medios y métodos de suicidio, violencia escolar, acoso, delincuencia juvenil, técnicas delictivas y actos ilegales
Reglamento sobre la revisión de emisiones. Si una obra de video (contenido audiovisual) incluye alguno de los siguientes elementos, se aplicarán, según su gravedad, las medidas de la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores), Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar), Fase 4 – Suspensión del canal y Fase 5 – Bloqueo de la cuenta.
- Escenas eróticas crudas y directas que incluyen sonidos gemidos o gritos de carácter obsceno y movimientos sexuales excesivos
- Escenas de relaciones sexuales excesivamente desviadas, como parafilias, relaciones grupales, incesto, necrofilia o actos sexuales frente a cadáveres
- Exposición de genitales masculinos o femeninos, incluido menores de corta edad, así como vello púbico, o escenas de caricias en los genitales
- Descripción de violación, violación en grupo, agresión sexual, etc., acompañada de actos y lenguaje violentos
- Descripción de niños o menores de edad como objeto de violencia sexual o de juego sexual
- Descripciones crueles de decapitación, ahorcamiento o amputación de miembros
- Escenas crueles de homicidios con armas de fuego, armas blancas u otros instrumentos letales, o descripciones directas de la mutilación del cuerpo
- Escenas de cadáveres o cuerpos mutilados
- Escenas crueles y lastimosas de matanza de animales
- Descripciones excesivamente detalladas de daños personales provocados por delitos o por distintos incidentes y accidentes
- Escenas reales de violencia, homicidio u otros delitos, o descripciones que puedan confundirse con escenas de delitos reales
- Descripciones de uso de armas blancas que puedan ser imitadas
- Descripciones de uso de drogas que puedan ser imitadas y descripciones detalladas del consumo de drogas y de los estados de alucinación que estas provocan
- Glorificación del suicidio
Publicidad
Ley sobre la transparencia de la publicidad: los contenidos de carácter publicitario deben incluir una expresión clara de las relaciones económicas implicadas, de manera que los consumidores puedan identificar fácilmente que se trata de publicidad.
Si no se cumple con lo anterior, se aplicarán, según su gravedad, las medidas de la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores), Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar), Fase 4 – Suspensión del canal y Fase 5 – Bloqueo de la cuenta. Si se publican de forma continua y repetida publicaciones de carácter publicitario en un nivel que perjudique el entorno de uso y la comodidad del servicio, se aplicará la Fase 5 – Bloqueo de la cuenta.
Infracción de derechos de autor y otros derechos
Todos los elementos que conforman las obras en video (contenido audiovisual) que se suben mediante el editor de video (contenido audiovisual) de POSTYPE, incluidos el sonido y las imágenes, deben haber sido creados directamente por el propio autor o estar bajo su titularidad legítima de derechos de autor.
Si se sube una obra en video (contenido audiovisual) que incluye elementos que no han sido creados por el propio autor, deberá constar explícitamente el consentimiento de uso de todos los titulares de derechos relacionados con dichos elementos. En caso de incumplimiento, se aplicarán, según su gravedad, las medidas de la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores), Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar), Fase 4 – Suspensión del canal y Fase 5 – Bloqueo de la cuenta.
Si una obra en video (contenido audiovisual) incluye elementos que permiten deducir que los derechos de autor pertenecen a un tercero, se podrán aplicar de forma inmediata a dicha obra las medidas de la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores), Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar), Fase 4 – Suspensión del canal y Fase 5 – Bloqueo de la cuenta, independientemente de que exista o no una infracción efectiva de los derechos de autor. Para levantar dichas medidas, es posible que se solicite la presentación de documentación justificativa, como el consentimiento de uso de los titulares de derechos correspondientes.
Si los elementos de una obra en video (contenido audiovisual) incluyen obras cuyos autores y métodos de distribución legítima son ampliamente conocidos, se podrán aplicar de forma inmediata a dicha obra las medidas de la Fase 2 – Cancelación de la publicación de la publicación (se mueve a borradores), Fase 3 – Cancelación permanente de la publicación de la publicación (no se puede volver a publicar), Fase 4 – Suspensión del canal y Fase 5 – Bloqueo de la cuenta, independientemente de que exista o no una infracción efectiva de los derechos de autor. Para levantar dichas medidas, es posible que se solicite la presentación de documentación justificativa, como el consentimiento de uso de los titulares de derechos correspondientes.